Se consideraron formalmente cumplidos los requisitos exigibles para dar inicio al proceso de admisibilidad de la denuncia presentada contra el Estado argentino, por María Cristina Picón, viuda Viola.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en fecha 24 de febrero de 2022, consideró formalmente cumplidos los requisitos exigibles para dar inicio al proceso de admisibilidad de la denuncia presentada contra el Estado argentino, por María Cristina Picón, viuda de Viola, y requirió que el propio efectúe su descargo  en el plazo de tres meses.

En 2016, Picón, con el patrocinio del abogado Javier Vigo Leguizamón, imputó a la República Argentina haber violado las Convenciones de Ginebra de 1949 y la Convención Americana de Derechos Humanos, al negarse a reabrir la investigación con el fin de determinar si constituían crímenes de lesa humanidad el asesinato del capitán Humberto Antonio Viola, de su hija María Cristina, de tres años, y las graves heridas que sufriera su otra hija, María Fernanda Viola, que entonces tenía cinco años, a raíz del atentado terrorista cometido por Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) en la ciudad de San Miguel de Tucumán, el 1 de diciembre de 1974.

Sostuvo que “dicho atentado fue  cometido en el marco de un ataque sistemático a la población civil realizado en ejecución del plan criminal de la guerrilla para imponer mediante el terror, y derrocando a un gobierno constitucional, un régimen marxista,  plan que –alegó–contó con la colaboración de los estados argentino y cubano, siendo elocuentes al respecto las palabras del expresidente argentino, Juan Domingo Perón, cuando imputó al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Oscar Bidegain, haber facilitado el ataque al Regimiento de Azul por parte del ERP, y los propios reconocimientos de numerosos guerrilleros de haber sido instruidos militarmente en Cuba, quien apoyó militar y  financieramente la expansión de la guerrilla en Argentina”.

Destacó que “en el  decreto 1368/ 74, firmado poco tiempo antes del ataque a la familia Viola, por la presidenta María Estela Martínez de Perón, decretando el estado de sitio, se aludió expresamente a esta estrategia criminal mencionando la necesidad imperiosa de ‘erradicar expresiones de una barbarie patológica que se ha desatado como forma de un plan terrorista aleve y criminal contra la Nación toda’, denunciando el decreto que las amenazas del terrorismo guerrillero habían llegado al extremo de ser ‘dirigidas contra niños en edad escolar´’. “Embarazada de cinco meses pude  comprobar, en el día más dramático y doloroso de mi vida, que la decisión de matar a los niños era cruelmente real. A traición, en una cruel y bárbara emboscada, tres móviles del ERP ametrallaron el auto donde nos encontrábamos. Los terroristas que los acribillaron por la espalda, estaban envenenados por el odio como factor de lucha, ese odio intransigente al enemigo que no reconoce límites morales”.

Fundó su  petición en los artículos 8, 24, 25, 44 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, y en el artículo 3 de las Convenciones de Ginebra de 1949, que aseguran el debido proceso a los fines de que la dignidad de las personas sea respetada en los conflictos armados, estableciendo que no se puede atacar, ni atentar, contra los civiles inocentes en ningún tipo de conflicto armado. Tanto en los internacionales como en los internos, por igual.

Solicitó expresamente se aplicara el criterio fijado en el Informe 55/97 de la Comisión Interamericana  de Derechos Humanos, al analizar el ataque que la organización terrorista Movimiento Todos por la Patria, realizara, en 1989, al regimiento de La Tablada, oportunidad en que la Comisión Interamericana concluyó que dicho ataque debía encuadrarse como conflicto armado interno, estando los contendientes de ambos bandos obligados a respetar la Convención de Ginebra.

Imputó a los tribunales argentinos haber incumplido los mandatos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos fijados en la causa Almonacid, donde enfatizó  el deber de los Estados Partes de no recurrir a artilugios para dejar impunes los crímenes de lesa humanidad.

El juez federal de Tucumán, Daniel Bejas, se negó a  reabrir la causa y considerar de lesa humanidad tales crímenes. Apelada la resolución la Cámara Federal de Tucumán, confirmó parcialmente la misma, en su negativa a reabrir la causa, revocándola en cuanto no considerara de lesa humanidad los crímenes. Sin embargo alegó que no surgían nuevos hechos o pruebas que permitieran reabrir la investigación contra otros autores directos o mediatos. Interpuesto recurso de casación, la viuda de Viola denunció la existencia de un simulacro de proceso, pergeñado para consagrar la impunidad de los partícipes en los precitados crímenes, citando autores directos y mediatos que no habían sido juzgados, identificando, entre estos últimos, a Juan Arnoldo Kremer Balugano, quien, habiendo integrado el Buró Político del ERP, reconoció  en libros de su autoría haber participado en las  reuniones del mismo donde se planificó  el operativo y se analizó su resultado.

Llegado el expediente a la Corte Suprema de Justicia, el máximo tribunal consideró formalmente inadmisible el recurso extraordinario, recurriendo a una fórmula mecánica (art 280 CPCCN), sin analizar los agravios que fundamentaban la existencia de pruebas de importancia decisiva no evaluadas.

El caso reviste importancia por cuanto la evaluación de si los crímenes de la guerrilla son o no de lesa humanidad será ahora efectuada por organismos internacionales (la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, en su caso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos) existiendo reiterados pronunciamientos de tribunales internacionales respecto a que los mismos pueden ser cometidos tanto por el Estado como por una organización terrorista que, teniendo poder de fuego, lo utilice.

Sin perjuicio de ello, la denuncia sostiene que “el terrorismo guerrillero fue también de Estado, por el apoyo recibido de los Estados argentino y cubano, aportando numerosas pruebas a los fines de demostrarlo”. María Cristina Picón de Viola murió en 2021. La causa es continuada por su hija, María Fernanda Viola, víctima del vil atentado.

Artículo anteriorServicio Penitenciario: Aumentó un 100% la hora extra para el personal subalterno
Artículo siguienteSeguridad: Garibaldi pide más agentes en las calles