Foto: Télam

El abogado laboralista Diego Guirado dio cuenta del decreto que dispone la inclusión de los trabajadores exceptuados del aislamiento obligatorio en caso de infectarse.

A partir del decreto que establece la cobertura de las ART a personas infectadas de coronavirus que se encuentran exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el abogado Diego Guirado consideró positiva la decisión en su carácter de abogado laboralista. En contacto con ATP, manifestó que “era una medida reclamada”.

“El 23 de marzo, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) –luego de declararse la pandemia el 11 del mismo mes– se había expedido en relación con los trabajadores expuestos a contagios por las actividades que se realizaban debían tener una protección de la contingencia laboral”, explicó el letrado especializado en Derecho Laboral. Lo dicho por la institución apunta, especialmente, al personal de la sanidad.

En ese marco, ya el decreto nacional habla de dos tipos de trabajadores. “El sistema de riesgo del trabajo es tarifado desde 1995 que, originariamente, decía que determinadas enfermedades son profesionales. En 2000 se abrió el listado al planteo de otras situaciones con sustanciación médica. Esto se conoce como la apertura del listado”, ilustró. En otros términos, Guirado se refirió a “un sistema muy acotado de enfermedades reconocidas”, con lo cual la inclusión del Covid 19 conlleva a que la persona afectada eventualmente no se tope con “el rechazo inmediato de las ART como no listadas”.

Asimismo, “el sistema dice que se deberá acreditar la relación de causalidad entre la enfermedad y las tareas que prestaba” quien se haya infectado. Y aquí surge la diferencia entre quienes se desempeñan en contacto con pacientes positivos y quienes no. A continuación la entrevista completa con ATP:

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