El Registro Civil de Santa Fe ordenó modificar una partida de nacimiento. Donde se registraba el sexo, se dispuso que la expresión a utilizar sea «autopercibido».

El Registro Civil de Santa Fe dispuso modificar una partida de nacimiento para que en el casillero donde debe indicarse el sexo no aparezcan los términos femenino y masculino. La medida –que se adopta por primera vez en la provincia– responde a una presentación realizada por una persona que no se identifica dentro del binarismo varón o mujer. Por ese motivo, solicitó que «no se consigne género alguno». El caso, que se resolvió en nuestra ciudad, salió tras la presentación realizada el año pasado y tiene como antecedentes dos casos similares que tuvieron lugar en la provincia de Mendoza.

Según consiga Rosario/12, en el Registro Civil de Santa Fe se cuentan seis solicitudes en trámite, a la espera de respuestas del mismo tenor. En cada presentación se analiza qué definición o término usar, acorde al pedido de le solicitante. En el caso que se conoció ayer, se dispuso la expresión de sexo «autopercibido». El trámite enmarcado en la Ley de Identidad de Género tuvo inicio el año pasado, después de que la persona solicitante –de 19 años– tomara conocimiento de los dos casos de Mendoza. De esa forma, completó el formulario de rectificación de datos registrales e hizo la presentación en el Registro Civil donde solicitó «que no se consigne género alguno» en su acta de nacimiento.

La que se conoció ayer es la Disposición N° 96/2019, del 25 de junio pasado. «Se ordena a la Oficina de la 2ª Sección de Santa Fe la confección de una nueva acta de nacimiento consignándose en el campo del sexo la palabra ‘autopercibido'», reza el texto oficial.

“Esto viene a romper con el binarismo histórico. La provincia reconoce identidades que van más allá», destacó Esteban Paulón, subsecretario de Políticas de Diversidad Sexual de Santa Fe. El funcionario esgrimió que «el colectivo no binarie tiene diferentes tipos de demanda, cada une lo transita de manera diferente y tiene pretensiones distintas. Algunes prefieren que no diga nada, otres piden el término no binarie u otros. Y se va viendo cómo resolver cada caso», consignó. De esa forma, el objetivo es que no la F ni la M determinen el género.

En lo formal, el cambio se deberá realizar en una nueva partida de nacimiento para que, luego, la persona tramite el cambio en el DNI. «No escapa a la visión de esta dirección que nuestro ordenamiento jurídico se encuentra en su mayoría sustentado en un sistema de diferenciación masculino femenino, ni que la registración de un individuo sin sexo, en uso de un derecho que le es propio, podría acarrear problemas en el futuro en otros ámbitos, pero ello no es óbice para impedir un derecho establecido por la ley, no solo porque el presentante tiene conocimiento de ello sino porque estaríamos impidiendo un derecho en función de una suposición de algo que puede o no ocurrir», dice la resolución del director provincial del Registro Civil de Santa Fe, Gonzalo Carrillo.

FuenteRDP / Rosario/12
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