Las multas irán desde los 320 mil pesos hasta más de un millón, aproximadamente, a partir de una iniciativa de Carlos Suárez y Luciana Ceresola.
El Concejo Municipal de Santa Fe aprobó una ordenanza, promovida por los concejales de Juntos por el Cambio Carlos Suárez y Luciana Ceresola, que estipula un endurecimiento de las sanciones para quienes organizan o faciliten la organización de fiestas clandestinas. “Deben ser sanciones ejemplificadoras, porque estamos hablando de actividades que ponen en riesgo la vida de los santafesinos. Por eso las multas irán desde los 320 mil pesos hasta más de un millón, aproximadamente”, afirmó el edil de origen radical.
“Nuestra intención es sumar herramientas que contribuyan al cumplimiento de las normas que tienen como objetivo primordial la protección de la salud de los santafesinos. Por eso proponemos acentuar las sanciones a quienes infrinjan la normas y sancionar a quien organiza el evento, como así también a quienes son parte del mismo por su aporte de elementos e infraestructura móvil, y al titular del inmueble en el que se llevan adelante el encuentro”, señaló Suárez.
El concejal de UCR Juntos por el Cambio detalló que “la ordenanza autoriza al municipio a decomisar todos aquellos elementos utilizados para la realización de esta actividad prohibida como los equipos de sonido, heladeras, mobiliario, entre otros”. El legislador explicó, además, que cuando el decomiso implique elementos o infraestructuras pertenecientes a un comercio o actividad habilitada, se los podrá inhabilitar hasta por 180 días.
Serán sancionados tanto los propietarios, poseedores y/o tenedores del inmueble en el que se realice, así como las personas responsables de la organización. Los montos varían entre quince mil Unidades Fijas (UF) a veinticinco mil. Actualmente, el valor de la UF es de $45.78, por lo que las multas oscilarán entre los $686.700 a $1.144.500.
Además, se decomisarán los elementos necesarios para la realización del evento. En caso de que se trate de un inmueble, piezas o infraestructuras pertenecientes a un comercio habilitado, se lo inhabilitará por hasta 180 días.
Se establece, también, la posibilidad de que el juez de faltas aplique como penas accesorias, la realización de cincuenta a cien horas de trabajos no remunerados de solidaridad con la comunidad. El dinero que se recaude por las multas será destinado a políticas sanitarias relacionadas a la emergencia sanitaria.