Se trata de la segunda extensión de la intervención del organismo, ya que en junio pasado las autoridades lo habían hecho por seis meses.
El Gobierno nacional volvió a prorrogar la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), a cargo de Cristina Caamaño, por 180 días corridos, según publica el Boletín Oficial. Así lo dispuso el Decreto 987/2020 que lleva la firma del presidente Alberto Fernández; y del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.
Se trata de la segunda prórroga de la intervención del organismo ya que en junio pasado, mediante el Decreto 540/2020 las autoridades habían prorrogado esa decisión por seis meses.
En esta oportunidad, entre los considerandos, la norma destaca que desde que se intervino el organismo «se han comenzado a disponer modificaciones esenciales para consolidar un paradigma que, en materia de inteligencia, permite rendir cuentas ante la sociedad y expone los principios de publicidad, transparencia, eficacia y eficiencia como bases de la reformulación que se requiere».
En este sentido se refiere a los gastos reservados y detalla que, tras la intervención -establecida en el año 2019-, «se observa la implementación de aquellos cambios necesarios para profesionalizar y democratizar el sistema de inteligencia», los que «se están implementando» y derivan en el fortalecimiento de los «mecanismos de transparencia en el manejo de recursos».
Asimismo, el decreto destaca la importancia de «reducir las partidas confidenciales al mínimo indispensable y generar un programa de rendición de cuentas, lo que se vislumbra sobre la base de la publicidad de la información presupuestaria».
La intervención del organismo se dispuso por primera vez mediante el Decreto N° 52/19, norma que derogó el Decreto N° 656/16, «con el objetivo de poner fin a las relevantes disfuncionalidades producidas en la AFI», según reza el texto oficial.
Desde la llegada de Caamaño la AFI aprobó un nuevo protocolo para la administración de fondos de carácter reservado, medida que tiene como objetivo dar cumplimiento integral a lo dispuesto en la Ley de Inteligencia –artículo 38 bis de la Ley 25.520–, respecto de la adopción de procedimientos que doten de transparencia a la ejecución y rendición de fondos cuya publicidad pueda afectar el normal desarrollo de la actividad propia de la especialidad.
El nuevo régimen establece pautas de control para la gestión administrativa y financiera de los gastos operacionales, disponiendo un trámite específico tanto para la solicitud como la rendición de tales recursos, así como la identificación del responsable en cada etapa del procedimiento.