La norma rige desde junio de 2020 y a menos de dos años de su implementación habría acuerdo para dejarla sin efecto, al menos temporalmente.

El gobierno estudia el marco jurídico aplicable para suspender la vigencia de la Ley de Alquileres que, a menos de dos años de su puesta en vigor, dio como resultado un aumento del precio de las locaciones a causa de una contracción de la oferta de inmuebles.

La decisión se habría tomado durante un encuentro entre el presidente, Alberto Fernández, y el ministro de Economía, Sergio Massa, en el que se analizó este tema como una cuestión prioritaria.

Si bien el Poder Ejecutivo tiene la voluntad de avanzar en ese sentido, la traba es cómo lograr legalmente la suspensión de la norma que fue sancionada en el Congreso. Para tal fin se estaría estudiando la posibilidad de un Decreto de Necesidad y Urgencia.

La Ley, que fue aprobada en noviembre de 2019 y entró en vigencia siete meses después, estableció una serie de condiciones que llevó a los dueños de departamentos a optar por no poner su propiedad en alquiler.

Entre los puntos más cuestionados es la extensión del plazo de vigencia de los contratos a tres años, la forma de actualización anual del valor de los alquileres, y la aplicación de un índice para establecer esos aumentos.

Los obstáculos y riesgos que pasaban a correr los propietarios hicieron que estos decidieran quitar sus inmuebles del mercado e incluso en muchos casos los pasaran a alquileres temporales, donde la ley no tiene injerencia.

Consultado al respecto, el presidente de la Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios (CAMESI), Mariano Garcia Malbrán, alertó la necesidad de dejar bien aclarado, en el instrumento jurídico que se utilice para la suspensión de la ley, cuales serían los efectos de los contratos en curso. «En la suspensión debería detallarse el procedimiento a seguir en los contratos vigentes con la nueva ley y los que se firmen de aquí en adelante con la ley ya suspendida», sostuvo tras la consulta de NA.

García Malbrán cree que «es posible que el Gobierno mantenga los contratos vigentes  aplicando la ley actual, ya que las cláusulas del contrato de locación fueron negociadas y consensuadas con dicha ley y en relación a los contratos que se firmen de aquí en adelante, mientras no se dicte una nueva norma, se regirán por la antigua ley de alquileres. En este supuesto se podrá fijar un mínimo plazo contractual de dos años y la actualización podrá ser negociada libremente por las partes».

Lo cierto, es que la norma comenzó a mostrar sus falencias a poco de su implementación y en consecuencia distintas fuerzas políticas presentaron en el Congreso decenas de proyectos para modificarla, pero nunca se alcanzó el consenso necesario.

La aplicación del índice de actualización de los valores anualmente provoca que los inquilinos deban afrontar aumentos que por estos días se acercan al 100% de un mes a otro, rompiendo cualquier presupuesto. El Índice de Contrato de Locaciones (ICL) se conforma con la evolución del RIPTE (evolución de salarios) y de la inflación.

Además, los propietarios que recuperan su inmueble y deciden ponerlo nuevamente en alquiler piden un monto mensual muy elevado para cubrirse de la evolución de la inflación.

FuenteNA
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