El juez José Luis Mascali consideró que esa inmunidad vulnera “el principio de igualdad”. La decisión afecta directamente al senador, que ahora podrá ser imputado en la causa del juego clandestino.
A través de un fallo firmado por el juez penal de Cámara, José Luis Mascali, se revocó el fallo de la jueza Eleonora Verón del 30 de marzo de 2021 –que había sido apelado por los fiscales Matías Edery y Luis Schiappa Pietra– que había rechazado la petición de los fiscales del Ministerio Público de la Acusación para que Armando Traferri declare en calidad de imputado en la causa del juego ilegal.
El fallo del magistrado declara “la inconstitucionalidad –y su inaplicabilidad para el caso concreto– del segundo párrafo del artículo 51 de la Constitución provincial”. Ese artículo sostiene que ningún legislador puede ser imputado si antes la propia Cámara a la que pertenece lo autoriza en una votación para la que se requiere una mayoría especial de dos tercios.
En el caso del juego ilegal, los fiscales Edery y Schiappa Pietra le pidieron al Senado el desafuero de Traferri en diciembre del año pasado. Por 15 votos contra cuatro, la mayoría del cuerpo rechazó ese pedido y el representante del departamento San Lorenzo no declaró en esa causa. Los fiscales apelaron ante la jueza Verón, que tiene a su cargo la causa, y la respuesta fue negativa.
Ahora, en respuesta a una nueva apelación de los fiscales, el juez de Cámara Mascali dio vuelta el fallo de Verón y definió que la inmunidad vigente en la provincia de Santa Fe, que alcanza a diputados y senadores, es inconstitucional porque “vulnera el principio de igualdad previsto en el artículo 16 de la Constitución Nacional, en el entendimiento que permite inmunidades a legisladores provinciales (‘inmunidad de proceso’) que no se verifican para los legisladores nacionales en la Carta Magna, configurando de ese modo una grave inconsistencia con la Constitución Nacional”.
En otro tramo de su fallo, el juez hizo referencia a la causa del juego clandestino al disponer que “el Ministerio Público de la Acusación o las Oficinas de Gestión Judicial pueden citar al señor senador Armando Traferri a prestar declaración imputativa, pueden formular requerimiento de acusación –si se dan los requisitos– y pueden requerir la apertura del juicio; debiendo abstenerse de disponer su detención o fuerza pública, el allanamiento de su morada u oficina y la interceptación de correspondencia en sentido amplio; para éstos últimos supuestos que se corresponden con la ‘inmunidad de arresto’ deberá requerir un nuevo desafuero a la Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe”.
Finalmente, Mascali declaró que “la facultad de llamar a declaración imputativa (en los términos del artículo 274 del Código Procesal Penal, en la presente carpeta judicial, es una facultad exclusiva del Ministerio Público de la Acusación por ser el titular de la acción penal y ello es ajeno a las decisiones de los jueces”.
Ante esta nueva situación, la causa que llevan adelante Edery y Schiappa Pietra cobra otra fuerza, en tanto ya fueron detenidos los exfiscales Patricio Serjal y Gustavo Ponde Asahad y el empresario Leonardo Peiti.