El proyecto oficial ingresó al Senado ante el rechazo de la oposición en la Cámara Baja. Desde las filas socialistas se plantea que la modificación se debe realizar en el marco de la reforma constitucional.
Omar Perotti envió al Senado una ley para extender el mandato de los jefes comunales de dos a cuatro años. La medida podría entrar en vigencia en las elecciones provinciales de 2023. Según precisó Rosario 12, el gobernador optó por la Cámara Alta debido a que la oposición anticipó su rechazo en Diputados.
Si bien las filas socialistas coinciden en la extensión de los períodos de gobierno comunales, no acuerdan con la modalidad jurídica. Vale decir, sostiene que la modificación se debe realizar en el marco de reforma de la Constitución de Santa Fe y no por ley.
En concreto, el Ejecutivo propone cambiar una sola palabra de la ley orgánica de comunas 2.439 (que data de 1935, durante el gobierno de Luciano Molinas). Es decir, fue sancionada casi 30 años antes de la reforma de la Constitución provincial de 1962.
En efecto, el artículo 20 de la ley 2.439 expresa que “los miembros de las comisiones comunales serán designados por elección popular y durarán dos años en el ejercicio de sus funciones. Las vacantes se proveerán por el tiempo que faltare al miembro cesante o renunciante, con los suplentes, según el orden que le corresponda”. La idea del gobernador deja intacta la redacción de la norma y sólo cambia el “dos” por el “cuatro”.
El artículo 2 del proyecto plantea que la norma recién “se aplicará a los mandatos de las comisiones comunales que sean electas a partir (de las elecciones provinciales) de 2023.
Al respecto, Perotti adujo que “necesario e indispensable modificar el mandato de dos años” de los presidentes comunales y extenderlo a cuatro años con el propósito de superar «un obstáculo que hoy tienen las comunas, que las priva de realizar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento efectivo y eficiente de sus cometidos y de ejercer de esa manera la autonomía institucional, política y administrativa que la Constitución Nacional les reconoce”.