Cuando vamos al supermercado, en general no miramos las etiquetas de los alimentos que cargamos en el carrito. Muchas veces lo “light” no es tan sano pero el marketing nos lleva a consumir. Argentina está a punto de sumarse a la lista de países que cuentan con una ley de etiquetado frontal.
Cynthia Díaz
Un día más que vamos al súper con la lista en papel o en la cabeza –como la mayoría– y cargamos en el changuito lo que necesitamos, la mayoría de las veces con prisa, porque seguramente hay más actividades que hacer durante la jornada. Buscamos precios, ofertas y descuentos, pero lo que no solemos buscar es calidad nutricional en nuestros alimentos. No es una cuestión de economía, porque entendemos que la situación lleva a comprar “lo que se puede”, sino más bien es una cuestión cultural de no saber elegir entre lo sano y lo rico, cuando podemos combinar ambas cosas.
Según el Gobierno nacional más del 50% de la población en Argentina tiene exceso de peso. Esto aumenta el riesgo de tener más de 200 problemas de salud, como por ejemplo: diabetes, hipertensión arterial (presión alta), enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad de los riñones, del hígado y algunos tipos de cáncer. Ahora, con el Coronavirus pudimos ver que la obesidad también puede acarrear complicaciones al contraer el virus.
“Hoy son esas las enfermedades que vemos que más vidas se llevan y disminuye la calidad de vida. Necesitamos que un proyecto así avance para poder elegir lo que comemos y no haya publicación engañosa”, señaló la Licenciada en Nutrición (Mat. 619), Virginia Yódice, que fue consultada sobre este tema y nos dejó su visión.
Nuestro país es uno de los pocos en Latinoamérica que no tiene Ley de Etiquetado en alimentos, una deuda pendiente que tiene el Congreso y que antes de fin de año se puede saldar. Con dictamen favorable en comisión, los/as senadores/as nacionales tratarán este miércoles un proyecto de la mendocina por el Frente de Todos, Anabel Fernández Sagasti, pero que unifica 15 iniciativas de diversos legisladores. El proyecto cuenta con el aval de la mayoría del Senado, con excepción de los representantes de las provincias productoras de azúcar que acompañaron el lobby de las empresas.
¿Qué es la Ley de Etiquetado frontal?
El documento que salió de Comisión es detallado pero en resumen, esta ley tiene como objetivo advertir a consumidoras y consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Esto no significa que las empresas ocultan información, sino que lo indican pero con letra ilegible y vocabulario técnico. “Hay estudios que demuestran que la gran mayoría de la gente no lee las etiquetas”, agregó Yódice luego de destacar lo diminuto de las gráficas que actualmente se ven en los productos.
La idea es que el/la consumidor/a tenga a su alcance la advertencia y luego quede en él o ella la decisión de comprar o no. Además de garantizar el derecho a la alimentación saludable, el proyecto busca promover la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades.
Con respecto al sello que llevarán los productos, el mismo adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas. El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase y no podrá estar cubierto por otro elemento, es decir, abstenerse de poner dibujitos para llamar la atención de los niños y niñas.
Asimismo, se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
En tanto, los productos con edulcorantes deben contener una leyenda de advertencia pegada a los sellos octogonales indicando que «Contiene edulcorantes. No recomendable en niños/as». Lo mismo con el consumo de cafeína.
“Nadie dice que no debemos comer helado, ni chocolate. Pero esta ley es importante para que nosotros sepamos qué alimentos nos dan mayor protección y cuáles son los alimentos con una carga de nutrientes que no está bueno comer en exceso”, manifestó la profesional.
Con respecto a los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir con los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
Por otro lado, se obliga a las empresas a declarar el contenido cuantitativo de azúcares, entendiéndose como hidratos de carbono simples (disacáridos y monosacáridos), en el rotulado nutricional de los alimentos envasados para consumo humano.
Tal como lo manifestaron varios legisladores, esta ley no es contra nadie sino que busca conocer la composición nutricional de los alimentos que compramos, quizás esta sea una manera de que las empresas revean la producción y busquen darle más calidad nutricional. Tenemos que conocer qué ponemos en la mesa y qué comen nuestras infancias.