Además, se sumó a la adopción de medidas para garantizar el cumplimiento del aislamiento y se habilitó a taxis, remises y transportes escolares a trasladar bienes no alimenticios puerta a puerta.
De acuerdo a la declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS) a la enfermedad Covid-19 como pandemia, lo cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a los Decretos Municipales, se declaró la Emergencia Sanitaria en la ciudad de Santa Fe por un período limitado de tiempo.
En esa línea, el decreto aprobado por el Concejo Municipal estableció las infracciones correspondientes a las normativas que tienden a la prevención de la propagación de la enfermedad del Covid-19 y a los comportamientos que transgredan disposiciones dictadas por cualquiera de los niveles de gobierno que aumenten el riesgo de afectación general de la salud.
Infracciones y penalidades
A partir de la situación epidemiológica de excepción, se incorporó al Régimen de Infracciones y Penalidades, multas de entre 100 a 1000 UF para quienes omitan el cumplimiento de las medidas o disposiciones adoptadas por autoridades competentes, por razones de seguridad, higiene y/o sanitarias. Entre estos casos se incluyen los casos de no uso de los denominados “tapabocas”.
Asimismo, se estableció multas de 30 a 300 UF para quienes circulen sin permiso o con permiso vencido o con vehículo no patentado de acuerdo a las disposiciones vigentes.
En tanto, cuando el conductor viole las normas dictadas por autoridad competente que limiten la circulación por razones de salud pública y/o con el objeto de impedir la propagación de la pandemia, será sancionado con multa de 100 a 1000 UF, y con inhabilitación para conducir de entre 15 y 180 días.
Medidas para taxis, remises y transportes escolares
Por último, como medida paliativa en el contexto económico adverso generado por la pandemia, se habilitó a los servicios de taxi, remises y transportes escolares para el transporte de bienes no alimenticios en entregas puerta a puerta o reparto a domicilio siempre que se remitan a operaciones de compraventa de comercios habilitados de la ciudad.
Al respecto, la concejala Laura Mondino (FPCyS) explicó: “En estos momentos, momentos sin ningún tipo de precedente, nos van exigiendo nuevas medidas y nuevas políticas que definan acciones para asegurar la salud de los vecinos y las vecinas de la ciudad de Santa Fe. Esta situación extraordinaria, demanda respuestas extraordinarias y lo que viene a hacer este mensaje que acabamos de aprobar es, de alguna manera, darle las herramientas al Ejecutivo para que pueda realizar todas las gestiones que se necesite, con la celeridad que requiere esta situación. El Municipio viene trabajando de manera articulada con la provincia y el gobierno nacional y es necesario declarar la emergencia para estar a la altura”.
Necesidad Pública
El Concejo adhirió a la ley que declara la emergencia “en materia Social, Alimentaria y Sanitaria, de las Contrataciones Públicas, Financieras y de Seguridad en la provincia de Santa Fe, hasta el 30 de junio de 2021”. La norma tiene como objetivo que el Estado se valga de los medios necesarios para revertir la situación que lleva a declarar el estado de necesidad pública.