Desde hoy está disponible el aplicativo en la AFIP. Para acceder se necesita contar con el certificado MiPyME.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanza este lunes el aplicativo para acceder a la moratoria pyme 2020, anunciada por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y la titular del organismo recaudador, Mercedes Marcó del Pont. El objetivo del programa es promover la reactivación productiva de las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los monotributistas y autónomos, y alcanza a quienes tienen deudas impositivas, aduaneras y previsionales, indicaron los funcionarios en la presentación del plan.

Asimismo, crece el número de empresas que realizan el trámite para acceder al certificado MiPyME, un instrumento indispensable para acceder al beneficio, según consigna Ámbito.com.

Las estadísticas de la AFIP muestran que entre 2015 y 2019 cerraron 24.505 empresas, y el sector más afectado a lo largo de ese período fue el de las MiPymes, es decir, empleadores con hasta 10 trabajadores que explican el 91% del total de empresas afectadas por la crisis.

Ante ese escenario, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente y pagar una única cuota mensual.

«La moratoria representa un alivio para la situación de asfixia financiera a la que fueron llevadas las pymes», sostuvo Marcó del Pont y enfatizó que «el Estado argentino asume con los contribuyentes una posición similar a la que le solicita a sus acreedores externos: ofrece tiempo para ordenarse y volver a crecer».

El plan contempla la condonación parcial de intereses y total de multas, y las empresas que ingresen a la moratoria serán beneficiadas por una quita promedio del 42% sobre el total de las deudas con la AFIP.

Las empresas, entidades sin fines de lucro, monotributistas y autónomos interesados en acceder a este mecanismo de alivio para sus deudas, deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP. Las personas humanas y jurídicas que decidan acogerse al plan deberán obtener el Certificado Mipyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo, y los interesados tienen hasta el 30 de abril próximo para solicitarlo.

Características

Podrán ingresar micro, pequeñas y medianas empresas, así como monotributistas, autónomos, cooperativas y clubes de barrio, entre otros contribuyentes.

La adhesión al régimen podrá efectuarse hasta el 30 de abril de 2020.

Las empresas interesadas en acceder a esta moratoria deberán inscribirse a través del sitio portal web de la AFIP. Con la clave fiscal respectiva.

La reglamentación de la AFIP contempla que entidades sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios y clubes de barrio podrán acceder al régimen. Para ello deberán acreditar su forma jurídica ante el organismo. El certificado MiPyme puede obtenerse hasta el día 30 de abril.

La moratoria dispone de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y contribuciones (Formulario 931 SUSS) y retenciones

La tasa será del 3% mensual por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.

Se puede reformular planes caídos o vigentes en un solo pago.

Se pueden incluir deudas hasta el 30 de noviembre de 2019.

FuenteRDP / Ámbito
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