Fue en Río Negro. Leandro Rodríguez Lastra había sido denunciado por negar la interrupción del embarazo a una joven, de 19 años, que había sido violada.

El juez Álvaro Meynet encontró responsable al ginecólogo Leandro Javier Rodríguez Lastra por incumplimiento de sus deberes como funcionario público. El médico se había negado a practicar la interrupción legal del embarazo a una joven víctima de violación, de 19 años, que había llegado al hospital de Cipolletti el 2 de abril de 2017.

Hasta que se precise el tiempo de la pena y que ésta quede firme, el profesional podrá continuar ejerciendo en el propio efector de salud. La condena puede ir de un mes a dos años de prisión, con lo cual no irá a la cárcel, aunque quedará inhabilitado por el doble de tiempo que se disponga.

Al momento de la lectura del veredicto, el magistrado recordó las circunstancias en las que el aborto no es punible, atento al artículo 86 del Código Penal y el protocolo de atención que rige en Río Negro. Asimismo, se indicó que el médico no estaba inscripto en el registro de objetores de conciencia.

El juez también adujo que, previamente, se dilató la interrupción legal que se podría haber efectuado en Fernández Oro, donde habitaba la joven. Y más aun, tampoco se garantizó cuando llegó al hospital de Cipolleti. Meynet evaluó que Rodríguez Lastra «nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar y efectuar la práctica que le reclamaba» la mujer. «En todo momento mantuvo una actitud negadora de la práctica que se le demandaba, a la cual estaba obligado. Queda de lado toda conducta negligente, es una omisión que consiste en la inobservancia de la ley», expresó. «Allí radica, a mi juicio, el dolo», consignó.

FuenteRDP / Río Negro
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