El diputado provincial Fabián Palo Oliver se refirió en estos términos a la propuesta que introdujo por segunda vez en la Cámara baja provincial y que propone la reforma del calendario electoral.
Se trata de un proyecto de ley que tiene por objeto “regular el procedimiento de transferencia de la administración entre el gobierno en funciones y el gobierno electo en el ámbito del Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe”.
Se define a la transición como el “proceso de cambio de la administración del Poder Ejecutivo de la provincia, que se inicia al día siguiente de emitida el Acta de Proclamación de Autoridades Electas por el Tribunal Electoral Provincial y finaliza con la jura de asunción de las autoridades entrantes”.
La iniciativa establece quiénes son los sujetos alcanzados por la nueva normativa y cuáles son sus obligaciones, crea el Ente de Transición Democrática que será, de ser aprobado el proyecto, el organismo de aplicación de la Ley y el encargado de su reglamentación. Asimismo dispone que ambos gobiernos, saliente y entrante, deben designar representantes a fin de llevar a cabo el traspaso, estableciendo para estos últimos deberes específicos.
Entre las limitaciones que se prevén para el gobierno saliente, se pueden destacar las de generar acciones dolosas que impliquen contrariedades para las nuevas autoridades, como celebrar contratos de ejecución o disponer el ingreso de empleados.
Por otro lado, se impone a las autoridades que dejan su cargo la obligación de suministrar toda la información pertinente sobre el estado presupuestario y financiero de los organismos centralizados y descentralizados dependientes del Poder Ejecutivo de la provincia, nivel de endeudamiento, disponibilidades monetarias existentes, inventario de bienes, número de empleados permanentes, transitorios y contratados por el Estado Provincial, informe de procesos judiciales que involucren a la provincia, informar sobre contratos vigentes, procesos licitatorios pendientes y estado de concesiones de servicios.
Se determina que quienes incumpliesen las obligaciones surgidas de la Ley en cuestión, serán pasibles de las sanciones previstas por el código penal para el delito de Incumplimiento de los deberes de funcionario público, sin perjuicio de otras responsabilidades de carácter administrativo o civil.
Entre los fundamentos, el legislador sostuvo que “no debemos dejar librado a la buena voluntad o disposición de las partes intervinientes el hecho de que el traspaso de funciones entre quienes dejan el gobierno y quienes lo asumen, tenga un desarrollo y un final exitoso. Legislar sobre este estadio democrático específico, apunta a mejorar la calidad institucional ya que objetiviza los pasos a seguir para una transición ordenada y positiva”.
“La práctica nos muestra que no siempre el gobierno saliente, en los tres niveles del Estado, facilita el acceso de las autoridades entrantes a la información necesaria para establecer líneas de acción aún antes de asumir el gobierno, lo cual impactaría positivamente en la comunidad. Por ello creemos que la transición democrática en la argentina debe ser regulada legalmente”, finalizó Palo Oliver.