Por iniciativa del diputada justicialista, Luis Rubeo, Santa Fe tiene una ley en vigencia que prohíbe el cobro del plus médico para consultas.
«Estamos en la etapa de la reglamentación, todos deben saber que el 1 de mayo tendrá vigencia total y habrá penalidades para quienes incumplan la ley», señaló Rubeo.
La norma alcanza a los afiliados que estén amparados bajo la cobertura de entidades regidas por las Leyes Nacionales Nº 23660 de Obras Sociales-, Nº 23661 Sistema Nacional del Seguro de Salud- y la ley Provincial Nº 4044 Régimen de Seguridad Social para el personal de la Administración Pública Provincial y Municipal, siempre que los mismos formaren parte de los aranceles fijados en convenios suscriptos entre la entidad y los profesionales citados y las organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución de la prestación.
MULTAS:
La primera sanción consistirá en una multa equivalente a 1 salario mínimo vital y móvil y hasta 5; con más 90 días de suspensión como prestador de los afiliados al organismo.
La segunda será equivalente a 5 salarios mínimos, vitales y móviles y hasta 10, con más 180 días de suspensión como prestador de los afiliados del organismo.
En caso de reincidencia, y cuando se tratare de un damnificado afiliado al In.S.S.Se.P, recibirá la baja permanente de los registros de prestadores del organismo y la inhabilitación definitiva para prestar servicios al mismo.
«Tenemos que proteger al paciente», finalizó el legislador.