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Un empleado de la Defensoría del Pueblo de la provincia solicitó formalmente que los 8 días que establece la ley fueran más porque de esa forma no podría cumplir con su paternidad de manera corresponsable con su compañera. Tres abogadas y un abogado de la ciudad tomaron el caso. La primera respuesta fue negativa, pero queda expuesto el debate, la falta de derecho y de género en la ley y la justicia.

Un grupo compuesto por tres abogadas y un abogado del foro local presentaron un amparo judicial en representación de un empleado estatal santafesino.

Es para logar que la licencia por paternidad se extienda de 8 días (como lo dice la ley actualmente) a 30, de manera que el varón que requirió la extensión pueda comprometerse y dedicarse activamente y en forma corresponsable con su compañera en el cuidado de su hija.

Noelia Barrios Colman, Jaquilina Bussi, Florencia Clement y José Luis De Iriondo componen un equipo judicial que abordó este caso y solicitaron que se declare inconstitucional el régimen de licencias de la Provincia de Santa Fe.

Específicamente lo que se cuestiona es la constitucionalidad del art. 63 inc. a) del Decreto Santafesino N° 1919/89 que dispone 8 días de licencia con goce de sueldo por nacimiento de hijo/a.

José Luis De Iriondo, le dijo al programa televisivo Apto para Todo Público que “tenemos una normativa vigente que prevé un determinado plazo para aplicar en los casos de paternidad”.

Narró que “nos contactó un varón, empleado público de la provincia y nos contó que el plazo previsto actualmente no le alcanzaría para ejercer la paternidad de una manera activa, responsable, y si se reintegra tal cual dice la ley, deja todas las responsabilidades a su compañera”.

Noelia Barrios Colman dijo que “el expediente está en la sala laboral 1 y nos encontramos dentro del plazo previsto”.

De Iriondo agregó que “sé que hay normativa internacional que propicia a que las licencias parentales sean igualitarias y pedí que se respeta eso, mi derecho, el de mi compañera y los de mi hija”.

Barrios Colman agregó que “hay que distinguir el régimen del empleo público del privado, la Ley de Contrato de Trabajo Establece sólo dos días por nacimiento de hijo o hija, eso es terrible, refuerza el estéreo tipo de que las mujeres nos tengamos que hacer cargo de la crianza de los hijos e hijas y el impacto en la brecha salarial y otras desigualdades”.

De Iriondo sostuvo que “lo que hicimos nosotres es armar un equipo con cuatro profesionales que tenemos diferentes estudios jurídicos, carreras que nos reunimos para esta ocasión, si bien la respuesta que recibimos fue un baldazo de agua fría porque fue un rechazo, consideramos que en ella justamente se observa en el fallo la falta de perspectiva de derecho y de género porque se basa en estéreo tipos que tenemos asumidos”.

 

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