Así lo dispone un reciente decreto firmado por el gobernador, acorde a la Ley 13.902. La norma fue sancionada el 31 de octubre de 2019.

Pocos días después de la disposición del Ejecutivo nacional en torno al cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgénero en la órbita del Estado argentino, ayer el gobernador Omar Perotti firmó el decreto 0951 por el cual se reglamenta la Ley 13.902, sancionada el 31 de octubre de 2019. De esta forma, el propio colectivo LGTBIQ –que llevó adelante una larga lucha en la provincia de Santa Fe– logró la efectiva “inserción y estabilidad laboral”.

Según reza el decreto del Ejecutivo santafesino, “el Estado provincial reconoce que las personas travestis, ransexuales y transgénero de Argentina en general, pero de la provincia de Santa Fe en particular, se encuentran entre las poblaciones más vulneradas históricamente, discriminadas y excluidas estructuralmente y con expectativas de vida muy por debajo de la media de la población, sumado al constante padecimiento de persecución, exclusión y marginación sistemática, lo que profundiza aún más las dificultades para el acceso a la igualdad de oportunidades y de trato y al efectivo goce de sus derechos humanos”.

Del mismo modo, la norma recuerda que los datos de la primera Encuesta Provincial de Vulnerabilidad de la Población Trans, elaborada en 2019 por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC), “arrojó que la mayoría de las personas travesti, transexual y transgénero son víctimas de la exclusión y discriminación escolar”. Vale decir, “el 42,5% posee un nivel medio-bajo de estudios (primaria completa, secundaria incompleta), el 46% cuenta con un nivel medio-alto (secundario completo, universidad incompleta) y solo el 5% pudo completar una carrera universitaria o terciaria”.

La ley provincial establece un cupo del 5% en la administración pública, mientras que el decreto rubricado por el presidente Alberto Fernández –la semana pasada– garantiza el 1% de total del ámbito estatal nacional.

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